PETICIÓN A GOBIERNOS Y PARLAMENTOS
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En Salzkotten (Paderbor, Renania del Norte-Westfalia, en Alemania) una madre ruso-alemana ha sido detenida y encarcelada durante 43 días tras negarse a que tres de sus hijos asistieran a clases de educación sexual en una escuela primaria.
Esta acción de la administración pública en un país democrático, miembro de la UE y del Consejo de Europa, es inaceptable desde todos los puntos de vista, y requiere una acción conjunta de reprobación y de solidaridad para con dicha familia.
- El artículo 26.3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos declara que «los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos».
- El artículo 2 del Protocolo adicional al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades fundamentales afirma que «a nadie se le puede negar el derecho a la instrucción. El Estado, en el ejercicio de las funciones que asuma en el campo de la educación y de la enseñanza, respetará el derecho de los padres a asegurar esta educación y esta enseñanza conforme a sus convicciones religiosas y filosóficas».
- El artículo 18.4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que “los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.
- El artículo 14.3 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE afirma que «se respetan, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio, la libertad de creación de centros docentes dentro del respeto de los principios democráticos, así como el derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas».
- A la República Federal Alemana, la inmediata puesta en libertad así como la indemnización de los padres o madres encarcelados, procesados o detenidos por querer educar a sus hijos según sus convicciones.
- Al resto de los Estados de la UE, el respeto a los derechos de los padres reconocidos en la legislación internacional y la derogación de cualquier normativa interna que se oponga estos derechos.
- A todas las Instituciones Europeas que garanticen que tanto estos derechos como la legislación internacional son respetados en todos los países miembros.
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