¡Adelante Procurador!

lunes, 28 de mayo de 2012

El riesgo que corre la figura del padre

Concluye el Congreso Mundial de las Familias

Actualizado 27 mayo 2012


Fortaleciendo a la familia: es la labor que nos ocupa ya: bajo este título se celebró el último plenario del VI Congreso Mundial de las Familias, que se ha celebrado de viernes a domingo en Madrid. Participaron en él Mary Louise Fowler (Australia), Sixto Porras (Costa Rica), Christine de Vollmer (Venezuela), José Javier Esparza (España) y Dorothy Patterson (EE.UU).

"Conscientes de que la crisis actual nos abre numerosos frentes y nos exige a todos grandes dosis de responsabilidad, no por ello debemos creer que es una meta inalcanzable o excesivamente compleja. El secreto es sencillo: lograremos la prosperidad nacional y la paz mundial restaurando la familia natural, cimiento de la sociedad, y a nivel particular, ocupándonos de arreglar no las familias, sino cada una de las familias", señaló Fowler, vicepresidenta de Australian Family Association (Asociación Australiana de la Familia) antes de presentar a los ponentes.

Una misión respecto al propio cónyuge
El colombiano Sixto Porras, director de Focus on the Family, entidad dirigida a preservar la familia enfocada principalmente al mundo hispano, Brasil y Portugal, impartió una conferencia basada en eltestimonio personal de lucha, entrega y amor vivido en el seno de su propia familia, que fue respondido con grandes aplausos por el auditorio, impresionado.

Porras invitó a todos a salir del Congreso con dos grandes misiones en mente. "Volvamos a amar a nuestro cónyuge", la primera: "Las ideologías hedonistas y el egocentrismo o el afán de riqueza o de éxito que tanto alimentan el temor al matrimonio hacen perder la atención debida al otro. Regresemos a nuestros hogares y amémonos los cónyuges hasta acabar juntos el fin del viaje".

Y una segunda misión: "Respecto a los hijos, volvamos a casa a construirles un legado, lo que requiere de tres cosas: rescatar los aspectos buenos de la herencia que hemos recibido de generaciones anteriores; saber perdonar por el dolor sufrido y comprometerse a enmendar el generado, para poder ver al alegría en el presente y afrontar con esperanza el mañana; y ayudar a construir la meta que han de seguir nuestros hijos, para que ellos, a s u vez, sigan desarrollando ese legado, pidiendo a Dios que nos ayude a construir la mejor de las historias".

El secreto del éxito matrimonial
El amor, la intimidad y la sexualidad en el matrimonio fue el objeto de la conferencia deChristine de Vollmer, presidenta de Provive y de Alafa (Alianza Latinomaericana por la Familia): "El éxito del matrimonio requiere el compromiso de por vida entre el hombre y la mujer a amarse lo suficiente como para no concebir la relación como un instrumento para su propio bienestar, sino en donde se busca en primer lugar la felicidad del otro. Y ello en los tres niveles de la persona: el espiritual, el emocional y el físico, de una manera total y sin reservas".

Las ideologías y el Estado, contra el padre
Promover la paternidad ante la crisis y los ataques que sufre la figura del progenitor en el seno de la familia fue la tarea que propuso el escritor y periodista José Javier Esparza: "En esta sociedad materialista y tomada por la ideología la figura del padre sobra. Se nos muestra escarnecida y hasta eliminada del discurso oficial. Baste ver las series de animación para observar cómo el padre se retrata como un ser lamentable, tosco, ya sea vago o absorbido por el trabajo, pero siempre poco o nada ejemplar".

"Eso no es un hecho casual –analizó Esparza-, sino un fin interesado de las ideologías que lo alimentan y que esperan destruir la sociedad natural para favorecer el nihilismo, la ingeniería social que disfrazan de ‘progresista’ y la ideología de género. Así, traducen la paternidad a términos de lucha de géneros entre hombre y mujer, recogiendo la gigantesca infamia intelectual sembrada por Freud sobre el mito de la muerte del padre, según el cual para ser libre hay que matar al padre".

Con ello, "las generaciones nuevas se educan en la idea de que el padre no sirve para nada, o aún más, que es un elemento negativo. Pero la exclusión o el desprecio a la figura del padre en la familia es un elemento de desorientación para los menores, que de este modo son menos libres -añadió-. Y es que el objetivo real no es ‘liberar a la mujer del macho’ o a los jóvenes de la ‘opresión paterna’, sino lograr sustituir su autoridad por la que marque el Estado, el mercado o el sistema, que sean estos los que impongan según la ideología dominante los modos de vivir. Algo que va contra la naturaleza humana misma, que sólo puede llevar al caos y a la demencia colectiva".

Frente a esto, "urge reivindicar la figura del padre, que sin descuidar el amor, encarna la función del deber y el orden en el seno de la familia”, concluyó Esparza, que aludió también a esta misma apreciación realizada por Benedicto XVI en la catequesis pública pronunciada esta misma semana, cuando destacó la "paternidad de Dios" como verdad que a duras penas es percibida por el hombre de hoy, y definió la ausencia de la figura paterna en la vida de los hijos como "un gran problema de nuestro tiempo".

Ser esposa y madre crea cultura
Finalmente, Dorothy Patterson reivindicó la figura y la misión de la mujer que decide entregarse por entero a su crucial labor de esposa y madre, renunciando a una labor remunerada: "Se nos lava el cerebro insistiéndonos en que si no desarrollamos una función remunerada fuera de la familia estamos esclavizadas, no nos autorrealizamos o seremos infelices; pero en realidad, un trabajo remunerado también nos puede alejar de lo que deben ser las prioridades en la vida y no se puede tener tiempo de calidad sin cantidad. El ser madre y esposa crea cultura, porque es una labor que forma a las futuras generaciones. ¡Yo digo que sí: que ser madre y ser esposa vale la inversión de toda una vida! ¡Larga vida a las madres, que son el corazón del hombre!".

viernes, 25 de mayo de 2012

Declaración Ética Contra la Corrupción

8th INTERNATIONAL ANTI-CORRUPTION CONFERENCE
The Papers

Corrupción físicamente "significa la progresiva desintegración de un ser, mediante la acción de factores externos o internos que tienden a su destrucción total" .

"Corrupción moral es la depravación progresiva de las costumbres, por la cual un individuo, incapaz de imponer principios a su vida, acaba por considerar su vida como una norma de conducta válida".

Luz en el Mundo
Augusto Vargas Alzamora


En el programa de esta "Conferencia Internacional anticorrupción" está anunciado el "Rol de las instituciones Religiosas": Es decir, ¿qué se espera de los que creen en Dios? Evidentemente en toda institución religiosa existe una concepción de la vida del ser humano, que trasciende el tiempo para encontrarse con Dios que es eterno.

miércoles, 23 de mayo de 2012

Pacto de San José

CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
SUSCRITA EN LA CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS  
San José, Costa Rica 7 al 22 de noviembre de 1969
 CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS (Pacto de San José)
 PREAMBULO
Los Estados Americanos signatarios de la presente Convención,
Reafirmando su propósito de consolidar en este Continente, dentro del cuadro de las instituciones democráticas, un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre;
Reconociendo que los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional, de naturaleza convencional coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno de los Estados americanos;
Considerando que estos principios han sido consagrados en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos que han sido reafirmados y desarrollados en otros instrumentos internacionales, tanto de ámbito universal como regional;
Reiterando que, con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sólo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento del temor y de la miseria, si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos, y
Considerando que la Tercera Conferencia Interamericana Extraordinaria (Buenos Aires, 1967) aprobó la incorporación a la propia Carta de la Organización de normas más amplias sobre derechos económicos, sociales y educacionales y resolvió que una convención interamericana sobre derechos humanos determinara la estructura, competencia y procedimiento de los órganos encargados de esa materia,
Han convenido en lo siguiente:

martes, 22 de mayo de 2012

Declaración Universal de Derechos Humanos


PREÁMBULO

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11
1.    Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2.    Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13
1.    Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2.    Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14
1.    En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2.    Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15
1.    Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2.    A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 16
1.    Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2.    Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3.    La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17
1.    Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2.    Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20
1.    Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2.    Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 21
1.    Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2.    Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3.    La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23
1.    Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2.    Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3.    Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4.    Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25
1.    Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2.    La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Artículo 26
1.    Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2.    La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3.    Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 27
1.    Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2.    Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29
1.    Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2.    En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3.    Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

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LA MADRE TERESA EN CONTRA DEL ABORTO

Por favor no matéis a los niños, yo los quiero. Con mucho gusto acepto todos los niños que morirían a causa del aborto. El aborto empobrece a la gente desde el punto de vista espiritual; es la peor pobreza y la más difícil de superar.

Cuando le dicen a la Madre Teresa que hay demasiadas criaturas en la India, ella responde: ¿Piensa usted que hay demasiadas flores en el campo? ¿Demasiadas estrellas en el cielo? Mire a esta niña, es portadora de la vida; ¿no es una maravilla? ¿Cómo no quererla?

"Antes de hablar, es preciso que escuches, Dios habla en el silencio del corazón". El aborto mata la paz del mundo...Es el peor enemigo de la paz, porque si una madre es capaz de destruir a su propio hijo, ¿qué me impide matarte? ¿Qué te impide matarme? Ya no queda ningún impedimento.

Por favor no matéis a los niños, yo los quiero. Con mucho gusto acepto todos los niños que morirían a causa del aborto. El aborto empobrece a la gente desde el punto de vista espiritual; es la peor pobreza y la más difícil de superar.

Muchos se manifiestan preocupadísimos por los niños de la India o por los de África, donde tantos mueren, sea por desnutrición, hambre o lo que fuera. Pero hay millones deliberadamente eliminados por el aborto.

Creo que si los países ricos permiten el aborto, son los más pobres y necesitan que recemos por ellos porque han legalizado el homicidio. Jesús dijo: "El que recibe a un niño como éste en mi nombre, a mí me recibe." Al adoptar un niño, esas parejas reciben a Jesús; por el contrario, al abortar, rechazan a Jesús.

Dignidad del Amor Humano

Lo Mejor del Encuentro Mundial de las Familias...

La Paradoja: más hogares, menos familias...

Menos niños en España

A pesar del aumento del número de hogares en España –que ya supera los 17 millones–, la tendencia del número de hijos decrece de manera preocupante.

De continuar esta tendencia en 2019 los hogares españoles tendrán menos de 2,3 miembros, en 2025 apenas alcanzarán los 2 miembros por hogar y cada vez aumenta el número de personas que viven solas. En apenas 19 años (1991-2010) el número de hogares se ha incrementado en más de 5,5 millones y ha pasado de 11,5 millones de hogares a los más de 17 millones, lo que representa un incremento de casi el 50%.Si bien cada vez hay más hogares, éstos se están convirtiendo en lugares vacíos de hijos en donde la media es de tan sólo 2,68 miembros por hogar. Actualmente ninguna comunidad autónoma alcanza los 3 miembros por hogar. El País Vasco tiene 2,49 miembros; Asturias 2,52, Aragón 2,56 y La Rioja 2,58.En la actualidad 2 millones y medio de españoles viven solos, ya sean personas mayores o provenientes de familias desestructuradas.


Autor: Fuente: Instituto de Política Familiar (IPF)- Fecha: 2011-12-28

«Comprender y Sanar la Homosexualidad», Presentación del libro.

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Un ejemplo de Dignidad bate récords de taquilla: dobla a Harry Potter

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Dueño de un negocio agredido por escuchar «esRadio»

A José Cordero, un hostelero, lo agrede verbal y físicamente un cliente por escuchar «esRadio», en España. Reproducimos aquí la crónica publicada por Libertad Digital.

Wafa Sultan - No a la Violencia en nombre de la Religión